La Real Federación Española de Tenis (RFET), que acaba de estrenar web como prólogo de un proyecto tecnológico al que se sumará en los próximos días la app E-Tenista y la Plataforma Global del Tenis (PGT), ha hecho público un protocolo, elaborado con el Consejo Superior de Deportes, para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas y profesionales a partir de la entrada en la denominada fase 1 del desconfinamiento por la enfermedad Covid-19, el lunes 11 de mayo.
Pero antes de ofrecer algunos aspectos de ese protocolo, vamos a relatar quienes pueden entrar en una pista de tenis a partir del lunes 11 de mayo, tras la decisión y publicación del Gobierno de España. Entrar en la fase 1 o inicial de desconfinamiento lo hacen 28 provincias, Ceuta, Melilla y gran parte de Tarragona, esto es, sólo el 51% de la población española.
Las comunidades que avanzan al completo son: Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Extremadura, Galicia, Murcia, Navarra, La Rioja, Ceuta, Melilla y País Vasco, aunque con restricciones propias.
También entran en fase 1 las provincias de Almería, Cádiz, Córdoba, Jaén, Huelva y Sevilla, en Andalucía; Cuenca y Guadalajara en Castilla-La Mancha. Y, pese a que sus regiones no salen de la fase 0, sí que pasan a fase 1 hasta 26 áreas de Castilla y León, 4 de Cataluña y 10 de la Comunidad Valenciana, que son: Muñico (Ávila), Sedano, Valle de Losa, Quintanar de la Sierra, Espinosa de los Monteros, Pampliega y Valle de Mena, en Burgos; Truchas, Matallana de Torío y Riaño, en León; Torquemada (Palencia), Robleda, Aldeadávila de la Ribera, Lumbrales y Miranda del Castañar, en Salamanca; San Pedro Manrique (Soria), Alaejos, Mayorga y Esguevillas de Esgueva, en Valladolid; y Alta Sanabria, Carbajales de Alba, Tábara, Santibáñez de Vidriales, Alcañices, Corrales del Vino y Villalpando, en Zamora.
Campo de Tarragona, Tierras del Ebro, Alto Pirineo y Arán, en Cataluña; Alcoy, Denia, Marina Baixa, Elda, Orihuela y Torrevieja, en Alicante; Vinaroz (Castellón) y Requena, Xátiva-Ontinyent y Gandía, en Valencia; dentro de la Comunidad Valenciana.
En Euskadi, sin embargo y pese al acceso a la fase 1, su Gobierno considera mantener medidas “garantistas y restrictivas” por las que, en materia deportiva, seguirá sin permitirse ningún tipo de actividad, más allá de las de deportistas profesionales, y no se abrirán instalaciones, para evitar reunión de personas o uso de espacios comunes.
Así las cosas, desde el lunes 11 de mayo pueden jugar al tenis en pista los habitantes de 25 provincias y de esos otros 40 lugares especificados.
Entrar en la fase 1 o inicial de la denominada desescalada supone: la apertura de instalaciones al aire libre para deportes sin contacto (tenis, por ejemplo), sin asistencia de público; permitiéndose también actividades deportivas individuales, con cita previa en centros deportivos, que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios. En cuanto a los profesionales, se autoriza el “entrenamiento medio” en ligas profesionales y en centros de alto rendimiento.
En cuanto a las tiendas especializadas, pueden abrir los pequeños comercios, de menos de 400 metros cuadrados, sin necesidad de pedir cita previa, eso sí, “en condiciones de estricta seguridad”, con aforo limitado al 30% y una distancia mínima de 2 metros entre clientes. Cuando esto no sea posible, únicamente se permitirá la permanencia de un solo cliente. También se debe establecer un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años.
Por otro lado, se mantienen en la fase 0, al menos hasta el lunes 18 de mayo con nueva revisión de situación sanitaria (sino sería hasta el lunes 25 de mayo): las provincias de Málaga y Granada (Andalucía), Albacete, Ciudad Real y Toledo (Castilla-La Mancha), todas las provincias de Castilla y León, salvo los 26 lugares relacionados; todas las de Cataluña, a excepción de las zonas 4 descritas; la Comunidad de Madrid al completo y la Comunidad Valenciana, en este caso menos las 10 áreas anunciadas.
En esa fase 0 está permitido, en deporte profesional, los entrenamientos individuales de deportistas federados y de ligas profesionales. Y en deporte no profesional mayoritario se permite la actividad deportiva sin contacto (montar en bici, correr, patinar, surf, etc.) siempre que sea de forma individual y con la protección adecuada (distancia, mascarilla cuando sea posible…), sin salir del término municipal y dentro de las franjas horarias establecidas por el Gobierno, de 6:00 a 10:00 y de 20:00 a 23:00 horas, excepto en los municipios de menos de 5.000 habitantes donde no existe limitación horaria. Y los comercios aún no pueden hacer apertura completa, sí con petición de hora cliente a cliente.
Hasta, al menos, concluida la fase 3, a partir del 22 de junio no está permitido viajar fuera de la provincia o isla de residencia, y en todo caso, se podrá hacer a provincias que se encuentren en la misma fase.
Al respecto del inicio de la fase 1, la RFET ha lanzado una guía, que produjo conjuntamente con el CSD, para establecer el protocolo del retorno a los entrenamientos y competiciones federadas y profesionales, protocolo contenido en la Resolución 4837 de 4 de mayo de 2020 de la presidencia del CSD que, no obstante, queda supeditado a la evolución sanitaria de la pandemia.
Las medidas recogidas son de obligado cumplimiento y van destinadas únicamente a deportistas de alto nivel (DAN), deportistas profesionales, deportistas federados, federaciones, clubs y entidades deportivas, y personal técnico deportivo o federativo. De este modo, CSD y RFET persiguen “la reactivación deportiva manteniendo la seguridad sanitaria, activando las medidas que garanticen el menor riesgo en el desarrollo del deporte profesional, de alto nivel y federado, mitigando la aparición de nuevos casos y su propagación.
Los clubes y entidades deportivas se responsabilizarán de que exista la necesaria disponibilidad de material sanitario y de seguridad a que se refiere este protocolo del CSD.
La RFET recomienda a los clubes o entidades deportivas solicitar un Compromiso de Responsabilidad firmado por los deportistas que hagan uso de sus instalaciones, en el que pongan de manifiesto no haber estado en contacto con personas contagiadas en los últimos 14 días, no tener sintomatologías tales como tos, fiebre, alteraciones del sabor ni olfato, ni ser persona perteneciente a los colectivos de riesgo”.
Dicho protocolo se divide en cuatro fases, cuyas especificaciones se adaptarán en el tiempo y se comunicarán a medida que vayan avanzando las mismas.
La fase 1, denominada de entrenamiento individual o básico, arrancará para muchos el lunes 11 de mayo. Su duración puede ser variable y mantiene el confinamiento en el domicilio, residencia deportiva o alojamiento temporal. La RFET ha elaborado y distribuido entre las federaciones territoriales y clubs material divulgativo con recomendaciones sobre la práctica del tenis en esta fase 1.
Entre las cuestiones principales, dentro de la fase 1, podemos destacar las siguientes: se permite la apertura de clubs, entidades deportivas y centros de entrenamiento, siempre y cuando se cumplan los condicionantes recogidos en el protocolo CSD; en estos lugares podrán entrenar los DAN (quienes cumplen las condiciones marcadas por el Real Decreto 971/2007 de 13 de julio) reconocidos por el propio CSD, los deportistas profesionales (incluidos en el Real Decreto 1006/1985 de 26 de junio) y los deportistas federados; quedando excluido, en principio, el resto de deportistas no federados.
También pueden reabrir el lunes 11 de mayo, con la fase 1, las escuelas de tenis; si bien sólo para impartir y recibir clases, exclusivamente de tenis individual, ya que en este periodo sólo se permite un máximo de dos jugadores por pista.
Para ver todo el detalle de medidas de cara a la reapertura de clubs y entidades (limpieza, desinfección, material de protección, controles de acceso, servicios prohibidos o limitados, etc.) y a la asistencia de deportistas (mascarillas, guantes, distancia, etc.) es conveniente consultar www.rfet.es.
Así pues, la mayoría de tenistas españoles (concentrados en las 24 provincias que se quedan en fase 0, entre las de Cataluña, Comunidad Valenciana, Madrid, Castilla y León, las tres vascas, las dos andaluzas y las tres castellano manchegas) no podrán entrar en pista el 11 de mayo. Y ello pese a que el tenis es un deporte individual y de evidente distancia entre los practicantes, que lo enmarca entre los de muy bajo riesgo de contagio por Covid-19, como así lo recoge el acreditado tabloide especializado italiano Gazzetta dello Sport, tras el estudio realizado por el Politécnico de Turín para el Comité Olímpico Nacional Italiano (el tenis da los valores más bajos junto a la gimnasia artística); y como prevén las autoridades de Inglaterra, donde golf y tenis parecen serán pioneros en la llamada desescalada.
Anexo RFET, de 9 de mayo, sobre actualización de la normativa ante la fase 1
El Boletín Oficial del Estado ha publicado el sábado 9 de mayo una resolución (Orden SND/399/2020, de 9 de mayo) que introduce cambios significativos en algunas de las restricciones establecidas en el protocolo para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas y profesionales de la fase 1 de desescalada por la Covid-19, que comienza en casi la mitad del país el lunes 11 de mayo.
La nueva Orden Ministerial flexibiliza alguno de los aspectos de la práctica deportiva que establecía la Resolución 4837 de 4 de mayo de 2020 de la presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD).
Con el fin de recoger los puntos más destacados de esta nueva notificación, la Real Federación Española de Tenis (RFET) ha emitido el comunicado 3 que complementa y modifica algunos puntos anunciados en el comunicado 2, del jueves 7 de mayo.
Una de las principales modificaciones de esta nueva Orden Ministerial es la que hace referencia al deporte recreativo, permitiendo la práctica del tenis a cualquier jugador aficionado en horario flexible, siempre al aire libre y con cita previa en el club o entidad deportiva.
El ámbito geográfico pasa a ser provincial para los federados y demás practicantes con cita previa, mientras que los jugadores DAN (Deportista de Alto Nivel), DAR (Deportista de Alto Rendimiento), de Interés Nacional del CSD y profesionales pueden hacerlo en el ámbito de su comunidad autónoma y de la limítrofe.
Tras los cambios notificados el 9 de mayo, la RFET ha actualizado el material divulgativo elaborado con recomendaciones sobre la práctica del tenis en la fase 1, y lo ha vuelto a distribuir de forma urgente entre federaciones territoriales y clubs afiliados.
Recomendaciones para la práctica del Tenis tras el COVID-19